Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Artículo 52 bis Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Ciudad de Buenos Aires
Artículo 52 bis.
Créase el Sistema de Información Pública del Sector de la Valorización Energética de Residuos (SIPSVER), que permita el monitoreo continuo y permanente de las emisiones en la atmósfera, en el suelo y en las aguas superficiales y subterráneas que resulten de las actividades de combustión con recuperación energética. Los resultados obtenidos deberán ser remitidos de forma bimestral a la Comisión de Asesoramiento Técnico mencionada en el artículo 10 de la presente, para su conocimiento y evaluación.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Adhesión a la Ley Nacional 26.811 Santiago del Estero Artículo 2. Creación del Digesto Jurídico Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 14. Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Ciudad de Buenos Aires Artículo 21. Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Ciudad de Buenos Aires Artículo 15. Institúyese en el ámbito provincial la fiesta provincial de la lenga Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 1.Publique la información de sí mismo
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